Qué debe presentar en una inspección del IVSS

Por Miguelangel Molina

En Gaceta Oficial Nº 39.788 del 28/10/11 fue publicada la Providencia Administrativa Nº 003 del 20/09/11, emanada del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, mediante la que se dispone la exhibición y presentación de documentación ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) por las empresas privadas, sociedades, asociaciones, fundaciones, corporaciones, establecimientos, explotaciones, organismos, entes, empresas del estado y demás entidades jurídicas o económicas donde presten servicios personas sujetas a la obligación del seguro social.

Ahora los empleadores tienen  la obligación de exhibir en un lugar visible de  establecimiento (casa matriz, sucursal, agencia o filiales), así como, conservar dentro de cualquier instalación de la empresa, explotación o faena, (entendiéndose por éstas, sucursales, plantas, galpones, o cualquier lugar donde la empresa mantenga trabajadores bajo su dependencia), y presentar a los funcionarios fiscalizadores debidamente autorizados y acreditados por el Instituto, los siguientes documentos:

 a)    La Forma 14-01 (CÉDULA DEL PATRONO O EMPRESA) o Registro en el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas “TIUNA”, debidamente recibida y sellada por la respectiva Oficina. Administrativa.

b)     La Forma 14-02 (REGISTRO DE ASEGURADO) debidamente recibida y sellada por la respectiva Oficina Administrativa o Constancia de Registro de Trabajador emitido por el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas “TIUNA”; de todo el  personal

c)     Las Forma 14-03 (PARTICIPACIÓN DE RETIRO DEL TRABAJADOR) debidamente recibida y sellada por la respectiva Oficina Administrativa o Constancia de Egreso de Trabajador emitido por el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas “TIUNA”, para el caso de trabajadores retirados.

d)     La Forma 14-133 (CONVENIMIENTO DE PAGOS) o Constancia emitido por el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas “TIUNA”, en caso de que lo hubiere.

e)     Las tres (03) últimas Órdenes de Pago emitidas por el I.V.S.S., junto a los respectivos depósitos bancarios por medio de los cuales fueron pagadas.

f)      La Nómina de trabajadores que contenga la siguiente información: nombres y apellidos, número de cédula de identidad, cargo, salario que devenga (diario, semanal, o mensual), fecha de ingreso, de cada uno de sus trabajadores y trabajadoras, (correspondiente a los tres (3) últimos años).

g)     Declaración Trimestral de Trabajadores ante el Ministerio del Poder Público Para el Trabajo y la Seguridad Social de los tres (3) últimos Ejercicios Fiscales.

h)     Copia de la Declaración de Impuesto sobre la Renta, de los tres (3) últimos Ejercicios Fiscales.

i)      Acta Constitutiva, más últimas Actas de Asamblea de Modificaciones Estatutarias.

j)   Registro Patronal de Asegurados debe contener la siguiente información, referente a cada asegurado:

 • Nombres, apellidos y dirección

• Número de registro en el Seguro Social

• Fecha de ingreso a la empresa o establecimiento

• Salario diario, semanal o mensual;

• Ocupación

• Cotización semanal del trabajador;

• Fecha de retiro.

• Cualquier otro dato que estime de interés el Instituto.

El patrono está obligado a conservar durante cinco (5) años el registro antes señalado

 k)    Estados Financieros de los tres (3) últimos Ejercicios Fiscales y Libros Contables.

l)    Cualquier documento público o privado en el cual conste el cese de actividades, (si fuere el caso).

m)  Copia de recibos de pago de los trabajadores y trabajadoras sujetos a su servicio.

n)    Copia del último Recibo de Pago de un servicio básico.

o)   Contrato de arrendamiento del inmueble donde realiza sus actividades (si fuera el caso).

p)  Copia de la Cédula de Identidad del empleador, representante legal o apoderado,
Descargue aquí la Resolución 003 en Gaceta Oficial Nº 39.788 del 28_10_11